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Ver la Versión Completa : Iva diferido.Operaciones de Tracto sucesivo


GSE
15/01/13, 08:58:20
Buenos días,

Me gustaría saber si alguien conoce si el programa estándar de traslado de IVA diferido (transacción F.38) traslada las operaciones de tracto sucesivo. En las facturas de tracto sucesivo el IVA soportado/repercutido se ha de trasladar en la menor de las siguientes fechas: fecha vencimiento de la factura o fecha de cobro o pago de la misma.¿Sábéis si cubre esta funcionalidad el estándar? ¿se ha de hacer alguna parametrización especial en los indicadores o en las facturas para que se contemple? Muchas gracias.

GSE

mani
15/01/13, 10:52:41
Hola GSE,

Sí, sí lo cubre el estándar (tx F.38, como bien dices).

Tienes que crear los indicadores de IVA (Tx. FTXP) al % correspondiente, y en Características , en el campo IVA destino, tienes que poner el Indicador de IVA repercutido/ Iva soportado al que va a trasladarse.

Esl sistema va a trasladar el IVA diferido al final (para que salga ya este en el libro de IVA) mediante la Tx. F.38, SIEMPRE Y CUANDO las facturas estén compensadas (cobradas o pagadas), si no, no te va a trasladar el IVA

Cualquier duda me consultas.

Un saludo

GSE
18/01/13, 11:39:54
Muchas gracias!!!

Actualmente lo estamos utilizando con ese funcionamiento (que la factura esté compensada -cobrada o pagada) pero ahora lo que necesito es que el programa continue tratando esta misma casuística y a la par trate la siguiente:

"En las facturas de tracto sucesivo el IVA soportado/repercutido se ha de trasladar en la menor de las siguientes fechas: fecha vencimiento de la factura o fecha de cobro o pago de la misma".


Muchas gracias


Hola GSE,

Sí, sí lo cubre el estándar (tx F.38, como bien dices).

Tienes que crear los indicadores de IVA (Tx. FTXP) al % correspondiente, y en Características , en el campo IVA destino, tienes que poner el Indicador de IVA repercutido/ Iva soportado al que va a trasladarse.

Esl sistema va a trasladar el IVA diferido al final (para que salga ya este en el libro de IVA) mediante la Tx. F.38, SIEMPRE Y CUANDO las facturas estén compensadas (cobradas o pagadas), si no, no te va a trasladar el IVA

Cualquier duda me consultas.

Un saludo

hotz8989
16/02/15, 09:42:53
Muchas gracias!!!

Actualmente lo estamos utilizando con ese funcionamiento (que la factura esté compensada -cobrada o pagada) pero ahora lo que necesito es que el programa continue tratando esta misma casuística y a la par trate la siguiente:

"En las facturas de tracto sucesivo el IVA soportado/repercutido se ha de trasladar en la menor de las siguientes fechas: fecha vencimiento de la factura o fecha de cobro o pago de la misma".


Muchas gracias


Hola,

Me encuentro en la situación de tener que montar el sistema de IVA diferido, hace falta la implementación de alguna nota de SAP ?

Gracias por anticipado