Cuando intentes anular en periodo cerrado, la fecha de contabilización debe ser del dia en el cual contabilizaras el extorno. Al parecer estas intentando usar el motivo 02 para un documento contabilizado en 05.2009 y estamos a 05.2010
Si fuese la anulación en periodo actual, si podrias utilizar la misma fecha de la contabilización como la fecha de anulación.
Saludos,
|