Ajrw
Hola Marcela,
En principio no hay necesidad de reversar la AJRW porque la misma no cambia el ejercicio ni lo cierra, sólo traslada los valores de los AF al nuevo ejercicio. Pero aun puedes ingresar contabilizaciones en el ejercicio anterior y automáticamente se actualizarán al nuevo ejercicio.
Por el contrario la AJAB sí cierra el ejercicio anterior y debe reversarse con la OAAQ.
Espero que esto te ayude. Saludos.
Silvina
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