Años después, me auto-respondo.
Esto tiene que ver con las normas de cotización. Un empleado a tiempo parcial debe cotizar por días/horas.
"Los arts. 36-43, Orden ESS/55/2018 de 26 de Ene (Normas de cotización 2018), establecen para el ejercicio 2018 las normas y cantidades para determinar la cotización en los supuestos de contratos a tiempo parcial.
La cotización a la Seguridad Social, desempleo, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional derivada de los contratos de trabajo a tiempo parcial se efectuará en razón de la remuneración efectivamente percibida en función de las horas trabajadas en el mes que se considere. Las bases mínimas de cotización aplicables a los trabajadores con contrato a tiempo parcial se adecuarán en orden a que la cotización en esta modalidad de contratación sea equivalente a la cotización a tiempo completo por la misma unidad de tiempo y similares retribuciones."
|