Hay dos pasos que hay que realizar para el arrastre de saldos.
Un paso son las cuentas contables, con la F.16
El otro son para las cuentas de deudores y proveedores, con la F.07. Ahí debes poner el flag de deudores y proveedores.
Si no lo has realizado para el año anterior, igual se puede correr.
El único problema probable es que quizás te afecte los saldos del año siguiente.
Saludos
Cecilia
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