Prendesmar,
Ahora lo que tienes son facturas pendientes de pago (Debitos) y pagos sin cruzar (Creditos). Lo que tienes que hacer es volver a cruzarlos o compensarlos normalmente por la transacción F-32.
Ahora, si lo que quieres es anular el pago, porque la compensacion ya la anulaste, lo debes hacer con FB08.
Saludos
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