Tema: Retenciones
Ver Mensaje Individual
  #10  
Viejo 27/07/10, 00:25:55
Jenny Contreras Jenny Contreras is offline
Member
 
Fecha de Ingreso: sep 2007
Mensajes: 81
Hola Isepul, espero estés bien...

Yo realicé ese cambio en un cliente, pero primero que nada te encuentras en Venezuela?? Porque en otros países nos e como sea la ley jeje...

1. No debes eliminar NUNCA las parametrizaciones que ya estaban en 400 y con las cuales se registraron documentos, es decir, los indicadores al momento del pago se van a quedar DE POR VIDA en las configuraciones.
2. debes crear unos nuevos indicadores que vas a parametrizar en la ruta de "Definir tipo de retención: Contabilización p.factura"
3. Debes definir con el cliente una fecha a partir de la cual comenzará el cambio. A partir de esa fecha estarán disponibles los nuevos indicadores al momentod e la factura y en el depto de cuenta spor pagar deben ir agregando los mismos a los datos maestros d elos proveedores.

Para las personas jurídicas: las facturas nuevas se van a registrar con el indicador nuevo (retención al momento de la factura) y las facturas viejas, es decir las partidas abiertas se deben ir cerrando con sus indicadores viejos (retención al momento del pago), cuando llegue el momento en que se hayan cerrado las partidas abiertas con indicadores viejos por proveedor los van desactivando de los datos maestros, NO LOS BORREN, simplemente los desactivan. y de ahí en adelante simepre estarán disponibles sólo lso indicadores nuevos (retención al moemntod e la factura) y listo.

Para las personas naturales: es decisión de la empresa decirte cómo lo desean, pero según la ley deben existir los 2 momentos de retención (tanto retención la momento dle pago, como retención al moemnto de la factura) ya que a ellas se les retiene a partir d eun monto mínimo y el mismo es acumulativo mensual.

Cualquier cosa no dudes en comunicarte y con mucho gusto trataré de ayudarte... Saludos!!!
Responder Con Cita