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#1
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Ya alguien pudo hacer que funcione la RG 2549/2616 de manera standard ??
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#2
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Federico:
Yo pude implementar todas las notas y esto quedó implementado y funcionando en productivo. Hasta ahora sin las modificaciones de los nuevos topes para los Monotributistas para productos y servicios según la nueva normativa. Yo configuré únicamente la parte de retenciones, no la de percepciones a Clientes. También implementé las últimas notas que no figuran en mi listado de tareas a realizar que contiene también el listado de las notas y sus últimas versiones Saludos...
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Gustavo A. Biglia Consultor SAP FI |
#3
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Gustavo. Muchas gracias por tu respuesta.
Hace falta aplicar todas las notas? Yo solo voy a aplicar la RG 2616, y no la 177. He aplicado las notas 1321570, 1343154, 1346188, 1351983, 1352033, 1349768 y 1376726. |
#4
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Yo apliqué todas las notas lo único que no hice de la 177 es la configuración en particular, pero implementé todas las notas y cree todos los objetos que hacen falta por la dudas porque quizás en un futuro nos correspoda aplicar las percepciones y lo único que me resta hacer es el customaizing en particular.
Saludos...
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Gustavo A. Biglia Consultor SAP FI |
#5
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Buenisimo. Muchas gracias por tu ayuda. Cualquier duda te contacto.
Saludos. |
#6
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Estimados.
Tengo un problema con la siguiente situacion. Espero sus respuestas. Proveedor de Servicios. Base minima imponible $200.000 Factura 1 $190.000 (Aun no sobrepasa el limite, con lo cual no se calcularia retencion) Pago parcial 1 Factura 1 $180.000 (Al no pasar el limite no se cobra retencion, quedan saldo de $10.000) Factura 2 $ 30.000 (Base imponible asciende a $220.000, a partir de este momento se empieza a cobrar retencion en los pagos) Pago parcial 2 Factura 1 $10.000 ( solo resta por pagar $10.000, pero el sistema calcula la retencion por la partida entera, la retencion de esa operacion es de IVA $39.900 y Gcias $66.500, la suma es $106.400; por lo tanto se debe hacer un pago de $10.000 reteniendo $106.400) Como lo solucionaron?? Gracias. |
#7
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Estos dos casos, con particularidades, son ciertos. Estoy en una situación similar:
Caso 1 Caso 2 Caso 3, el mío. Si contabilizo facturas sin llegar al umbral, y las pago, y luego contabilizo más facturas que pasan el umbral, y las pretendo pagar, el sistema pretende calcular las retenciones sobre el total de facturas cargadas, y no sólo por el total del pago que pasa el umbral, lo cual es lo que corresponde de acuerdo a la RG 2616. Cuando en lugar de pagar las facturas antes de pasar el umbral, comienzo a pagar la deuda una vez superado el tope, el sistema también calcula la retención, ya sea que quiera pagar toda la deuda o solo algun documento. Además, si no ejecuto regularmente el programa J_1AF_UPDATE_VENDOR este error no se produce. Entiendo que se trata de un error del sistema y voy a reportarlo. Alguien más tuvo estos inconvenientes? Saben si el grupo de usuarios (ASUG) está trabajando en algo al respecto? Muchas gracias de antemano. |
#8
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Consulta
Gustavo, disculpa que te moleste, yo también estoy con este tema y mi duda es si una vez que aplicaste la nota 1346188 y teniendo en cuenta que la nota 1408035 dice aplicar el Support Package, vos lo aplicaste? porque donde estoy, son muchas empresas en distintos países y no quieren aplicarlo y quería saber si era indispensable, porque he escuchados comentarios que con la nota 1346188 se pierde la localización argentina.
Te agradezco tu respuesta. Muchas gracias.!!!! Gustavo |
#9
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Consulta Customizing
Hola...
los quería consultar por lo siguiente. Aplicamos todas las notas y parametrizamos los indicadores pero el sistema nos está calculando mal el % de retencion. Por favor, alguien tiene como les quedaron parametrizados los indicadores y los demas pasos de customizing? Les agradecería si me lo pueden enviar por mail. En este momento, ademas de esta resolucion estamos probando como Piloto lo de Facturacion Electronica. si alguien necesita info acwerca de esto me avisan. saludos mail: Muchas gracias |
#10
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Federico,
Es muy "rebuscado" tu caso. SAP NO CONCIBE pagar menos que el monto a retener, y en esos casos genera un documento con contabilizaciones de saldo inverso para que puedas retener todo el impuesto, quedándote un saldo a favor en la cuenta del proveedor. La ley dice que en esos casos, se deberá practicar la retención, hasta el monto del pago. |
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