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#1
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Buenos días,
Este post es muy interesante ya que no sólo españa cambia el tipo impositivo, si no también portugal. Desde mi punto de vista NO se deben borrar los viejos indicadores, dado que la ley del iva dice que se debe aplicar el IVA cuando se produce un movimiento de mecancías, y es por ello que: 1 -Realizo una venta el día 25 de junio (IVA al 16%), y la entrega de la mercancía el 26 de junio, pero no facturo hasta el 4 de julio, según lo que he entendido de la ley de IVA se me tiene que determinar un 16% porque es cuando se realiza el movimiento de la mercancía. Y de momento SAP me lo hace bien. 2 -Segundo caso: Venta (TA), entrega(LF) y factura(F2) el 25 de junio (IVA al 16%), hago un abono (CR) en referencia a la factura (F2) el día 2 de julio, me coge de IVA el 16%, por tanto correcto. 3- Tercer caso (en este necesito ayuda): Venta (TA), entrega(LF) y factura(F2) el 25 de junio (IVA al 16%), hago una devolución (RE) en referencia al pedido (TA), se me redetermina el iva al 18%, ¿Es correcto? Por un lado pienso que si, porque se produce posteriormente una entrada de mercancías, pero por el otro, no me "cuadra" que yo devuelva algo con un importe mayor. Necesitaría ayuda con respecto al tercer caso, dado que para mi empresa que opera en portugal, me dicen que me ha de determinar el 16%, mientras que para la sede de españa el 18%. El problema es que tienen ambos la misma parametrización a nivel de ventas (esq de cálculo, controles de copia...) ¿Se os ocurre algo? Un saludo, |
#2
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nuevos indicadores iva
En españa las facturas a clientes de devoluciones y rectificativas tienen que emitirse con el iva de la factura original, aunque la rectificativa se emita despues del 30.6.10.
La fecha clave para determinar en españa (en factura de ventas) un iva del 16 o del 18 es la fecha de entrega de mercancia, si se entrega el 25/7 y se factura en julio deberia ir al 16%. Esto sap lo hace bien, tambien las anulaciones, si en la VK32 definimos con fecha 1.7.10 los nuevos tipos de iva. No se deben borrar los anteriores pues podemos emitir facturas (rectificativas) o recibir facturas de proveedores con el tipo de iva anterior durante bastante tiempo. No hay intervalos de fecha en la contabilización manual (FI) para el IVA, pero se puede poner una validacion que cuando la fecha contable sea > 30.6.10 muestre un mensaje de advertencia si usan el S2 / S3 o R2 / R3 |
#3
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trasporte de Indicadores
buenos días, sabe alquine como trasportar los % de los indicadores de IVA?, desde la FTXP generas lasorden y te trasporta todo excepto los %....
gracias un saludo |
#4
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Hola, para transportar los indicadores de IVA, tienes que hacer una operación manual en el sistema productivo. El transporte va en dos fases: en el entorno de desarrollo, en la FTXP, tienes que exportar a una orden los indicadores. Y luego, en el entorno de producción, en la FTXP tienes que importarlos. Esto exige que el entorno de producción esté abierto a modificaciones en el momento de realizar esta operación. Así deberían llegar los indicadores. Aún así puede haber problemas con la cuenta de mayor. Pero esta se puede transportar vía OB40. Saludos Vane |
#5
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Clase de condición MWST
Buenas,
Creo que lo tenemos todos más o menos claro, que hay cosas que se trasnportan y otras que se hacen directamente en producción. Vale, lo he ido haciendo y me he encontrado con un problema al hacer la condición para que me coja el IVA repercutido en los pedidos de venta. VK13. Resulta que la condición MWST, cuando coges las conbinación de claves "Impuestos nacionales" (tabla 002) no tiene en cuenta el indicador de IVA así que no veo como hacer convivir con rangos de fechas el 16% con el 18%, etc. ¿Alguno sabe como hay que actuar? |
#6
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Hola!!!
Entiendo que en España hay que funcionar como te dicen en Protugal. Si haces una devolución con referencia a un pedido que esta al 16%, tienes que hacer la factura de esa devolución al 16%. Para que te salga revisa el control de copia entre esos documentos. Yo tenia ese mismo problema y se arregla ahi. Si no sabes como dime y te echo una mano. Saludos |
#7
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Además, ni se os ocurra borrar un sólo indicador, han de convivir los nuevos y los viejos durante 5 años... Fenomenal!
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#8
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Hola, ¿Cómo haría para borrar u ocultar de la lista los anteriores a 5 años? |
#9
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Realmente lo que necesito es filtrar de la lista de indicadores en las transacciones como FB60, MIRO, etc, de modo que no aparezcan los indicadores de iva que ya no se utilizan, hay alguna user exit para ello???
Gracias! |
#10
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Buenas Tardes,
Estoy deacuerdo que no debes borrar los indicadores de IVA, ya que posiblemente tienes pedidos colocados con IVA anterior, yo creo que cuando se crea los nuevos indicadores de iva tienes que indicar la fecha de vigencia del indicador,de esta manera caduce los aneriores. Tienes que tener en cuenta realizar una determinacion de iva de aquellos pedido con IVA anterior. Saludos Úlima edición por RomarJoseDuranZanotty fecha: 05/07/10 a las 20:59:23. |
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