|
#1
|
|||
|
|||
Buen día Isanjuan, puedes anular por la tx. el documento de anulación de pago (anulas compensación y documento de anulación) y listo. Lo que sí debes hacer después es compensar manualmente el pago con el pasivo, ya que en todo este proceso se descompensan.
Saludos y espero que te sirva |
Herramientas | Buscar en Tema |
Desplegado | |
|
|